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Reglamento

Comercialización y uso de los precursores de explosivos


El objetivo general de la nueva normativa es de establecer reglas armonizadas en toda la UE, sobre la adquisición, detención y uso de substancias o de mezclas susceptibles de ser utilizadas en la fabricación ilícita de explosivos de fabricación artesanal. La implementación de esta normativa está destinada a limitar la disponibilidad de los precursores de explosivos para el público en general y garantizar que se realice la declaración adecuada de las transacciones sospechosas a lo largo de toda la cadena de suministro (también para los profesionales).
En efecto, los productos que contienen una cierta concentración de ácido nítrico y de ácido sulfúrico (sustancias que nos afectan) pueden ser utilizados para crear explosivos. La venta, el suministro y el almacenamiento de estos productos químicos deben ser reglamentados, verificados y controlados.

Consultar el Reglamento (UE) 2019/1148


Punto de contacto nacional para señalar el robo, la desaparición o una transacción sospechosa: PIXAF – 01 78 47 34 29 – Pixaf@gendarmerie.interieur.gouv.fr

Estamos a su lado para acompañarle en estos trámites. Si tiene una pregunta, póngase en contacto con el Servicio Reglamentario al 02.98.90.91.71 o por email: l.ranty@groupe-ipc.com



REGLAMENTO (UE) 2019/1148


¿Cuáles son las consecuencias para IPC y para todos los fabricantes y distribuidores de productos químicos?


IPC tiene legalmente la obligación y la responsabilidad de:

• Asegurarse de que el cliente directo es un usuario profesional legítimo ANTES de cualquier venta

• Confirmar la identidad de la persona qui encarga y recibe los productos correspondientes

• Obtener una declaración por escrito del uso autorizado específico del producto antes de cualquier venta

• Renovar cada año las declaraciones de los clientes

• Conservar las declaraciones y mantenerlas a disposición para la inspección por las autoridades

• Señalar las transacciones, comportamientos o robos eventuales en las 24 horas



¿Cuáles son las consecuencias directas para usted en el terreno?


Antes de poder hacer una entrega, su cliente deberá firmar una declaración que incluya:


• El nombre del cliente y de la empresa, el número de IVA Intracomunitario, la dirección;

• El justificante de la identidad de la persona habilitada para representar el cliente (número de pasaporte o de documento de identidad ) y la autoridad expedidora;

• La actividad comercial/industrial o la profesión del cliente;

• El o los productos vendidos con la cantidad y el uso previsto;

• Firma/Nombre/Cargo y Fecha.

Esta declaración se debe rellenar en el momento de la primera venta (a partir del 01/01/24) y tendrá validez durante 1 año, es decir hasta el 31/12/24. Se deberá renovar cada año

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